Uno de los primeros elementos que tienes que conocer a la hora de solicitar la segunda oportunidad es dónde se presenta. La Ley de Segunda Oportunidad determina que su proceso comienza con el acuerdo extrajudicial de pagos, que a su vez se solicita mediante la presentación de un formulario.
A continuación analizamos dónde debe presentarse el formulario de segunda oportunidad y cuáles son los primeros pasos para acogerte a esta herramienta que te permitirá cancelar tus deudas.
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Los primeros pasos en el proceso de segunda oportunidad
Lo primero que debes hacer para solicitar la segunda oportunidad es rellenar el formulario mediante el que se solicita el acuerdo extrajudicial de pagos. Este formulario se regula en la Orden JUS/2831/2015, aunque puedes descargar un .doc editable de forma gratuita desde este enlace de LexGo App.
A la hora de rellenar este formulario es importante:
- Que conozcas la Ley de Segunda Oportunidad. Se trata de la Ley 25/2015, que puedes consultar directamente en el BOE a través de este enlace.
- O bien que cuentes con la asistencia de un abogado especializado en segunda oportunidad. En general esta es la opción más recomendable, ya que tarde o temprano necesitarás asistencia letrada y lo mejor es que tu abogado te ayude desde el primer momento. Además, su tarifa suele cubrir todo el procedimiento. En nuestro caso, por ejemplo, esta asesoría está incluida en los 2.400 € que cuesta el proceso, a pagar de forma fraccionada.
Recuerda que cuando rellenes el formulario tendrás que reunir toda la documentación justificativa. Esta incluye libros de cuentas, certificados del Registro de Propiedad, de matrimonio, de filiación, nóminas…
El objetivo del formulario de solicitud de la segunda oportunidad es reunir toda la información y documentación que se tendrá en cuenta durante el proceso, de modo que tendrás que acreditar todo lo relativo a tu situación personal, profesional y familiar.
Dónde presentar la segunda oportunidad
Una vez hayas rellenado el formulario deberás llevarlo al Notario de tu domicilio. Este se encargará de solicitar el nombramiento del mediador concursal.
El mediador concursal es un profesional que gestionará todos los trámites relativos al procedimiento. Empezará impulsando el acuerdo extrajudicial de pagos y, en caso de que este no resulte exitoso, será quien solicite la declaración del concurso consecutivo.
También puede presentarse la segunda oportunidad ante el registrador mercantil del domicilio del deudor cuando se trate de un empresario o una entidad inscribible en este registro.
Además, las personas jurídicas podrán dirigirse a las Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación o a la Cámara de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de España. Sin embargo, este no es el caso que nos ocupa.
Y una vez presentado el formulario… ¿Cuáles son los siguientes pasos?
Una vez nombrado el mediador concursal, este citará a los acreedores para intentar llegar a un acuerdo. En caso de éxito se elevará a escritura pública, estableciéndose un plan de pagos que vinculará a las partes. Es decir:
- Tú tendrás que cumplir con el plan de pagos. En caso contrario los acreedores podrían solicitar la liquidación de tu patrimonio.
- Pero también resultará obligatorio para tus acreedores. Por tanto:
- Si acordáis el establecimiento de quitas ya no podrán exigirte la parte de la deuda condonada.
- Y si acordáis el establecimiento de esperas no podrán exigirte las deudas hasta que estas no hayan transcurrido.
En caso de no llegar a un acuerdo o de que tu patrimonio sea insuficiente para satisfacerlo, el mediador concursal solicitará la apertura del concurso consecutivo. Durante esta fase del proceso se podrá solicitar el beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho (BEPI).
Básicamente se liquidará tu patrimonio (salvo determinados bienes, como la parte inembargable y, en algunas ocasiones, la vivienda familiar) y se cancelarán aquellas deudas que no puedan pagarse. Cabe destacar que el BEPI permite incluso la cancelación de deudas públicas, como las de la AEAT o la Seguridad Social.
La solicitud del BEPI se presenta ante el juez del concurso, que comprobará que se cumplen los requisitos establecidos en la Ley 25/2015.
Ahora que sabes cómo iniciar el proceso, dónde presentar la segunda oportunidad y cómo tramitarla solo te queda contar con un buen abogado. Si rellenas nuestro formulario podemos estudiar tu caso concreto sin compromiso.
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