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Acuerdo extrajudicial de pagos (AEP)

El acuerdo extrajudicial de pagos (AEP) es un mecanismo que te permite reestructurar tus deudas. Podrás introducir quitas y esperas mediante un proceso de negociación con tus acreedores. Las deudas que no puedan ser razonablemente satisfechas podrán ser anuladas mediante el beneficio de la exoneración.

A continuación explicamos qué es un acuerdo extrajudicial de pagos y cómo funciona, a la luz de la Ley 25/2015, de Segunda Oportunidad. Incluimos el formulario aprobado por el Ministerio de Justicia para promover este procedimiento.

¿Qué es el acuerdo extrajudicial de pagos?

El acuerdo extrajudicial de pagos (AEP) es una herramienta que se introdujo en nuestro ordenamiento jurídico mediante la Ley 14/2013. Su objetivo es atemperar el artículo 1911 del Código Civil, que regula la responsabilidad patrimonial universal.

La responsabilidad patrimonial universal es un concepto según el cual una persona debe responder de sus deudas con todo su patrimonio, presente y futuro. Así, se trata de un mecanismo de garantía de los acreedores, que los protege de una insolvencia transitoria manteniendo la deuda perpetuamente.

Pero cuando se aprobó la Ley de Segunda Oportunidad, la sociedad era consciente de que la aplicación rigurosa del artículo 1911 estaba resultando tremendamente lesiva para miles de familias. Por eso, el mecanismo de segunda oportunidad se presentó como una forma de suavizar el rigor de este artículo.

Quien intente reestructurar sus deudas mediante un acuerdo extrajudicial de pagos verá facilitado el proceso de acceso al beneficio de la exoneración, cuyo principio es muy sencillo: las deudas impagables no pueden ser exigibles.

¿Puedo recurrir al acuerdo extrajudicial de pagos?

Sí. La Ley de Segunda Oportunidad permite que los autónomos y particulares recurran al acuerdo extrajudicial de pagos para renegociar sus deudas. Los únicos requisitos son:

  • Que te encuentres en situación de insolvencia, siempre que tus deudas no excedan los 5 millones de euros.
  • Que no hayas sido condenado en sentencia firme en los últimos 10 años por determinados delitos contra el patrimonio y el orden socioeconómico.
  • Si has recurrido a este mecanismo en el pasado, que haya transcurrido un plazo mínimo de 5 años.
  • En caso de ser un autónomo, que aportes el correspodiente balance.

¿Qué medidas incluye el AEP?

Para facilitar el pago de la deuda, un acuerdo extrajudicial de pagos puede incluir:

  • Quitas. Se trata de condonaciones de la deuda. Es decir, cantidades que los acreedores te “perdonarán” y, por tanto, no tendrás que pagar.
  • Esperas. Se trata de aplazamientos de la deuda, que pueden llegar hasta los 10 años.
  • Cesión (o dación) de bienes y derechos en pago o para pago. Aunque antes de la Ley de Segunda Oportunidad parecía un mito, la dación en pago ya es posible. La diferencia entre una y otra cesión radica en:
    • La dación en pago consiste en entregar un bien a cambio de saldar la deuda. Por ejemplo, se suele utilizar ante deudas hipotecarias. Antes era frecuente que el banco se quedara con la casa y todavía te exigiera dinero. Gracias a la Ley de Segunda Oportunidad esta situación ha cambiado.
    • La dación para pago consiste en entregar un bien para que se liquide y se aplique el valor obtenido a la deuda. Es decir, tu acreedor venderá el bien o derecho. Si el dinero obtenido alcanza a cubrir la deuda, esta quedará cancelada. En caso de obtener un valor inferior seguirás debiendo la diferencia. Y si obtuviera un valor superior, tu acreedor cancelará la deuda y te devolverá el excedente.
  • Capitalización de créditos. Permite que los créditos se conviertan en acciones, participaciones u obligaciones o en instrumentos financieros de cualquier tipo. Entre ellos destacan los participativos, subordinados y con interés capitalizable.

Aunque no puedes introducir las deudas públicas en el AEP, por someterse a reglas propias, una vez aprobado el plan de pagos este podrá afectar a las deudas con Hacienda y la Seguridad Social.

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¿Me conviene promover el AEP?

En nuestra opinión, si has entrado en estado de insolvencia o esta es inminente, deberías promover este procedimiento. Eso sí, asesorado por un buen especialista. Muchos abogados se especializan en esta clase de negociaciones, de modo que deberías pensar en contratar a uno de ellos. Además, se trata de profesionales sensibilizados con las problemáticas a las que se enfrenta una persona en situación de insolvencia.

Si desarrollas actividades profesionales o empresariales, el acuerdo extrajudicial de pagos te permitirá continuarlas. Este es, de hecho, uno de sus objetivos principales. Así, el AEP es un mecanismo que también opera en interés de los acreedores, pues si te quitaran lo que te queda difícilmente podrías pagar tus deudas.

Por otro lado, se detendrán las ejecuciones y el devengo de intereses. En definitiva, esta herramienta te hará mucho más fácil afrontar tu situación. Pero… ¿qué ocurre si los acreedores no aceptan tus condiciones?

¿Quieres saber cuánto cuesta acogerse a la segunda oportunidad? Disponemos de artículos que te explicarán el precio y la duración temporal del proceso.

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El procedimiento del acuerdo extrajudicial de pagos

Para promover el AEP tendrás que acudir al Registro Mercantil o al Notario. Una vez acepten tu solicitud podrá nombrarse un mediador concursal. Este comprobará la documentación aportada y posteriormente os convocará a ti y a tus acreedores a una reunión, en el plazo de dos meses.

Por supuesto, lo más recomendable es que acudas con tu abogado, porque aquí es donde se negociarán las condiciones del acuerdo. Además, al iniciarse el procedimiento tendrás ciertas facultades limitadas. Por ejemplo, no podrás realizar actos de administración y disposición más allá de los propios del tráfico ordinario de tu actividad.

20 días antes de la celebración de la reunión, el mediador concursal enviará a los acreedores una propuesta de acuerdo extrajudicial de pagos. En esta incluirás las medidas que hemos mencionado. La propuesta incluirá un plan de pagos.

Desde ese momento, tus acreedores dispondrán de un plazo de 10 días para presentar propuestas alternativas o de modificación.

Si se rompieran las negociaciones o el acuerdo fuera rechazado, el propio mediador promoverá el concurso sucesivo, que es el trámite que te permitirá solicitar el beneficio de exoneración. En caso contrario, el alcance del AEP dependerá del apoyo que reciba por parte de tus acreedores.

Si se llega a aprobar el acuerdo, este se elevará a escritura pública y su cumplimiento se supervisará hasta que se considere cumplido. De modo que el acuerdo extrajudicial de pagos despliega sus efectos desde el momento de la declaración de insolvencia hasta que termine por completo el proceso.

Formulario para solicitar el procedimiento para alcanzar un acuerdo extrajudicial de pagos

A continuación incluimos un enlace a la Orden/JUS/2831/2015. Esta Orden contiene el formulario para solicitar el procedimiento del acuerdo extrajudicial de pagos. De modo que basta con descargar la orden y cumplimentar este formulario, preferiblemente con la asistencia de un abogado concursal, para iniciar el procedimiento al que hemos dedicado el presente artículo.