El concurso consecutivo encarna la última fase del procedimiento de segunda oportunidad, entrando en juego cuando ha sido imposible aprobar un acuerdo extrajudicial de pagos y resultando la vía para solicitar el beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho.
Por su nombre suele generar confusión en las personas que quieren recurrir a la Ley de Segunda Oportunidad. Así que queremos intentar explicarte de un modo riguroso pero sencillo en qué consiste el concurso consecutivo, cómo se tramita, cuánto tarda y cuáles son sus efectos.
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El concurso consecutivo
Como sabes, la Ley de Segunda Oportunidad presenta dos fases:
- En primer lugar está el acuerdo extrajudicial de pagos (AEP). Durante esta primera fase se intentará reestructurar la deuda para hacerla más fácil de pagar. Se trata de una etapa dirigida por el mediador concursal, que es el encargado de declarar el concurso consecutivo cuando el AEP fracase.
- En segundo lugar está el concurso consecutivo. Durante esta segunda etapa se analizará la posibilidad de aprobar:
- Un plan de pagos. Puede tener una duración de hasta 5 años, estableciendo condiciones especiales de pago como quitas y esperas que pueden llegar a afectar a los créditos públicos (Hacienda y Seguridad Social, principalmente).
- El beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho (BEPI). Se trata de un sistema que permite cancelar todas aquellas deudas que no puedas afrontar.
Por tanto, podemos definir el concurso consecutivo como la fase del proceso de segunda oportunidad que se celebra frente al juez concursal y conduce a la obtención del BEPI.
También podríamos pensar que se trata de la segunda fase de un proceso de segunda oportunidad, pero lo cierto es que esto no siempre es correcto. En determinados casos puedes iniciar la solicitud del BEPI antes de pasar por el AEP.
Para no extendernos demasiado te remitimos al artículo sobre el BEPI donde tratamos esta cuestión. Encontrarás los requisitos en la sección de exoneración definitiva.
Trámites del concurso consecutivo
El concurso consecutivo se introdujo en nuestro ordenamiento jurídico mediante la Ley 14/2013, aunque se actualizó en el RD 1/2015, asumido por la Ley 25/2015, de Segunda Oportunidad.
Se trata de un proceso orientado a personas naturales, sean empresarios o no, con deudas inferiores a cinco millones de euros. También resulta aplicable a determinadas empresas, habilitadas para solicitar el concurso abreviado.
El encargado de promover el concurso consecutivo es el mediador concursal, y lo hará siempre que:
- Se obtenga un convenio con los acreedores que exija liquidar el patrimonio del deudor insolvente, no pudiendo cumplirse las obligaciones de pago.
- No se obtengan las mayorías necesarias para aprobar el acuerdo extrajudicial de pagos, o bien se abandonen prematuramente las negociaciones.
Esta tarea también puede recaer sobre el deudor en los supuestos de reapertura del concurso, aunque no entraremos en esta posibilidad para poder centrarnos en la Ley de Segunda Oportunidad.
Una vez abierto el concurso consecutivo el mediador concursal asumirá las funciones propias de la administración concursal. Por tanto, tendrá la labor de gestionar la liquidación o propuesta anticipada de convenio, que incluirá en una propuesta anticipada.
En su propuesta, el mediador concursal aportará un informe y un pronunciamiento sobre el beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho.
El informe del mediador concursal
La Ley Concursal regula en su artículo 75 el contenido del informe del mediador concursal, que incluye:
- Análisis de datos y circunstancias del deudor.
- Estado de contabilidad del deudor (cuentas, estados financieros, informes y memoria).
- Memoria de las principales decisiones y actuaciones del mediador concursal.
Además, deberá aportarse una serie de documentación, que incluye:
- Inventario de la masa activa.
- Listado de acreedores.
- En su caso, escrito de evaluación de las propuestas de convenio y plan de liquidación, así como valoración de la empresa o unidades productivas si el deudor es empresario.
A la vista de esta documentación, el mediador concursal expondrá la situación del deudor, haciendo mención de aquellas circunstancias que deban tenerse en cuenta en el procedimiento. Particular importancia tiene el pronunciamiento sobre el beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho (BEPI).
El beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho
Al solicitar el BEPI podrás pedir que se cancelen aquellas deudas que no puedas pagar. Dependiendo de las circunstancias del concurso, este podrá aprobarse de forma definitiva o provisional.
La aprobación definitiva requiere el pago de determinadas deudas, pero produce efectos automáticos. Por su parte, la aprobación provisional tiene unos requisitos más laxos, aunque condiciona su efectividad al cumplimiento de un plan de pagos.
Sin embargo, en determinados casos se podrá conceder el BEPI incluso habiendo incumplido el plan de pagos. Para ello será necesario que te hayas esforzado en cumplir el plan en la medida de tus posibilidades y que cuentes con la asistencia de un buen abogado especialista en segunda oportunidad.
Cuánto tarda en tramitarse esta fase del proceso
Es difícil determinar cuánto tarda cada etapa de la segunda oportunidad. Particularmente esta fase, ya que dependerá de la carga de trabajo del juzgado competente. Sin embargo, lo más frecuente es que el concurso consecutivo esté resuelto en un plazo de entre 3 y 7 meses.
Sin embargo, debes recordar que en caso de que se te reconozca el BEPI provisional el plan de pagos podría estar vigente durante un plazo de 5 años. Esto implica que, aunque hayas terminado el proceso de concurso consecutivo, sus efectos se prolongarán durante un largo período.
Además, esta larga vigencia conlleva que pueda haber vicisitudes que afecten al beneficio de exoneración. Por ejemplo, si incumples el plan de pagos se podrá solicitar la reapertura del concurso, por lo que deberás contar con asistencia jurídica permanente.
En este sentido, muchos abogados de segunda oportunidad suelen ofrecer un presupuesto que incluye el seguimiento de tu situación hasta la finalización del proceso, con el cumplimiento o incumpliento del plan de pagos.
Ahora que sabes qué es el concurso consecutivo solo te queda dar el último paso: contratar a tu abogado especialista. Si quieres que te ayudemos a cancelar tus deudas no tienes más que rellenar nuestro formulario.
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