juicio monitorio

¿En qué casos se puede ir al juicio monitorio sin abogado?

El juicio monitorio es un procedimiento legal eficaz para la reclamación de deudas, y uno de sus atractivos es que no siempre es necesario contar con un abogado desde el inicio. Sin embargo, existen circunstancias específicas en las que la asistencia legal se vuelve imprescindible. En este artículo, exploraremos cuándo es posible acudir al juicio monitorio sin abogado y cuándo se hace necesario contar con estos profesionales.

¿Cuándo se puede prescindir de un abogado en el juicio monitorio?

En términos generales, para la petición inicial del juicio monitorio, no se requiere la presencia de un abogado ni de un procurador, independientemente de la cuantía reclamada. Aunque se puede optar por no contratar a estos profesionales al inicio del proceso, es recomendable hacerlo, especialmente cuando la cantidad reclamada es significativa.

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Escenarios que requieren asistencia legal en el juicio monitorio

A pesar de la flexibilidad inicial del juicio monitorio, hay situaciones específicas en las que se hace necesario contar con la asesoría de un abogado y la representación de un procurador. Algunos de estos casos incluyen:

Cuando el demandado responde a la demanda y la cantidad reclamada supera los 2.000 euros.

Si el demandado se opone al juicio monitorio y la reclamación continúa bajo los procedimientos del juicio ordinario, especialmente si la cuantía reclamada es superior a 2.000 euros.

Cuando, independientemente de la cuantía reclamada, el demandado se opone al juicio monitorio y la reclamación continúa bajo el juicio ordinario.

En el caso de que el plazo para el pago transcurra y se solicite la ejecución de la deuda, siempre que esta sea superior a 2.000 euros.

Asistencia jurídica gratuita en el juicio monitorio

Aquellas personas que enfrentan dificultades económicas pueden solicitar asistencia jurídica gratuita para el juicio monitorio. Los requisitos para acceder a este beneficio incluyen que los recursos e ingresos brutos anuales de la unidad familiar no superen ciertos umbrales, que varían según el número de miembros de la familia.

Personas no integradas en ninguna unidad familiar: 2 veces el IPREM vigente (14.400 euros en 2023).

Unidades familiares con menos de 4 miembros: 2,5 veces el IPREM vigente (18.000 euros en 2023).

Unidades familiares con 4 o más miembros: 3 veces el IPREM (21.600 euros en 2023).

Las unidades familiares incluyen cónyuges no separados legalmente, hijos menores de edad no emancipados, y padres solteros con hijos menores de edad.

En resumen, mientras que el juicio monitorio permite cierta flexibilidad en la presencia de abogados al principio, es esencial evaluar la necesidad de asesoría legal en función de la respuesta del demandado y la cuantía reclamada. La asistencia jurídica gratuita está disponible para aquellos que cumplen con los requisitos económicos establecidos.

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