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¿Las empresas de recobro tienen la capacidad de embargar?

Es común que las entidades enfrenten desafíos al cobrar deudas significativas y recurran a empresas de recobro para gestionar esta tarea. En este contexto, surge la pregunta crucial sobre la posibilidad de que estas empresas puedan llevar a cabo embargos. Ahora, exploraremos esta cuestión detenidamente.

¿Puede una empresa de recobro ejecutar Embargos Directamente?

No, una empresa de recobro carece de la facultad de embargar directamente. Aunque estas entidades se especializan en gestionar la recuperación de deudas en nombre de sus clientes, no tienen la autoridad para embargar a los deudores. Es importante destacar que ni empresas ni particulares pueden realizar embargos por sí mismos.

Sin embargo, esto no implica que las deudas perseguidas por las empresas de recobro no puedan llevar eventualmente a un proceso de embargo. En situaciones en las que, a pesar de los requerimientos previos, el deudor no cumple con el pago, es probable que la empresa inicie los trámites para reclamar la deuda a través del procedimiento monitorio en vía judicial.

El procedimiento se desarrolla de la siguiente manera:

Presentación de una solicitud inicial ante el juzgado competente.

Verificación por parte del juzgado de la existencia y exactitud de la deuda, con correcciones, si es necesario, proponiéndoselas al solicitante.

Notificación al deudor por parte del juzgado para que, en un plazo de 20 días, realice el pago o presente objeciones.

En caso de no pago y falta de objeciones efectivas, el acreedor puede solicitar la ejecución, es decir, el embargo del patrimonio del deudor para asegurar el cobro de la deuda.

Las empresas de recobro se esfuerzan al máximo para lograr el cobro de la deuda, ya que esto constituye el servicio que ofrecen a sus clientes. Inicialmente, buscan el cobro de manera extrajudicial, pero no dudarán en recurrir a la justicia si es necesario. Es en esta fase donde podría ocurrir un embargo, aunque siempre debe ser autorizado por el juzgado y no puede ser ejecutado por la entidad en sí misma.

La Ley de la Segunda Oportunidad como solución para deudas

En situaciones en las que se contraen deudas y resulta imposible afrontar su pago, los deudores tienen a su disposición una opción legal: la Ley de la Segunda Oportunidad. Este mecanismo permite a deudores insolventes cancelar total o parcialmente sus deudas y detener embargos de manera completamente legal.

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