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¿Qué sucede con el finiquito si la empresa se declara en quiebra?

El cierre de la empresa no implica la pérdida de derechos por parte del trabajador. Cuando la empresa quiebra, el trabajador sigue teniendo derecho al finiquito. Si la empresa cierra, también tendrá que abonar la indemnización por despido. ¿Qué sucede con el finiquito y la indemnización de los trabajadores en ese caso? ¿Cuáles son los derechos de los empleados si la empresa se declara en quiebra?

Consecuencias del cierre de la empresa

El cierre de empresas no es algo nuevo y suele ser un proceso gradual. La primera consecuencia del cierre de la empresa es el despido de los trabajadores. Sin compañía, no hay necesidad de empleados. Cuando una sociedad se declara en quiebra y se acoge a concurso de acreedores, el tipo de despido de los trabajadores será siempre un despido procedente, normalmente por causas objetivas, a menos que la quiebra sea ficticia.

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Derechos del trabajador

Los empleados conservan sus derechos a cobrar una indemnización y el finiquito correspondiente, aunque la empresa haya quebrado. La empresa sigue obligada a notificar el despido por carta con un preaviso de al menos 15 días.

Finiquito en caso de quiebra

El finiquito es un derecho de todo trabajador, y se cobra con el cese de actividad de la empresa. Incluso en casos de quiebra, el cálculo del finiquito sigue siendo el mismo, independientemente del tipo de despido.

Indemnización por despido

Además del finiquito, la empresa también debe indemnizar al trabajador según el tipo de despido. En el caso de la quiebra, el despido suele ser objetivo por causas económicas. La indemnización establecida por el Estatuto de los Trabajadores es de 20 días de salario por año trabajado, con un máximo de 12 mensualidades.

Pago del finiquito por la empresa

Si la empresa no puede pagar la indemnización a los empleados por insolvencia, el Fondo de Garantía Salarial (FOGASA) se hará cargo del pago. Este fondo garantiza los derechos de los trabajadores en caso de quiebra de la empresa.

Paro en caso de quiebra

Los derechos del trabajador en cuanto a la prestación por desempleo no cambian en ningún caso. La quiebra de la empresa es un motivo válido para solicitar el cobro del paro, que se puede solicitar en un plazo máximo de 15 días desde que se produzca el cese definitivo.

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